1) Qué es un despido improcedente
Un despido se considera improcedente, en términos generales, cuando la empresa no prueba la causa alegada o cuando el despido no cumple los requisitos formales exigidos. En esos casos, la consecuencia suele traducirse en indemnización (y, según el escenario, en alternativas o efectos distintos).
Clave: lo “normal” es que la carta de despido sea el punto de partida. La forma en la que está redactada, las fechas, y lo que realmente ocurrió en el trabajo son determinantes.
2) Motivos típicos por los que se declara improcedente
En la práctica, vemos improcedencia cuando hay:
- Motivos genéricos en la carta (“bajo rendimiento” sin hechos concretos y acreditados).
- Falta de pruebas o pruebas débiles.
- Errores formales (comunicación defectuosa, fechas, contradicciones, etc.).
- Selección arbitraria del trabajador (en causas organizativas/objetivas mal justificadas).
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Envíanos la carta de despido y, si estás dentro de plazo, te indicamos viabilidad y qué documentación necesitamos.
3) Diferencias rápidas: improcedente vs objetivo vs disciplinario
A nivel práctico, estas etiquetas marcan estrategia y dinero. De forma resumida:
- Despido objetivo: la empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o productivas. Suele existir indemnización si es procedente. Guía: despido objetivo.
- Despido disciplinario: la empresa alega incumplimientos del trabajador. Si se declara procedente, puede no haber indemnización. Pero si no se acredita, puede acabar en improcedencia (o nulidad según el caso).
- Despido improcedente: cuando la empresa no prueba o no cumple. Aquí suele estar el “núcleo” de reclamaciones rentables.
4) Indemnización por despido improcedente (cómo se calcula)
La indemnización se calcula principalmente con salario, antigüedad y un criterio de días por año trabajado. En términos generales:
- Regla habitual: 33 días por año trabajado (con reglas transitorias si hay antigüedad anterior a 2012).
- Existen topes y matices según periodos y circunstancias.
Para una estimación inmediata: usa la calculadora de indemnización. Si hay antigüedad anterior a 2012, conviene revisar fechas exactas.
5) Plazo para reclamar: 20 días hábiles
Este es el punto donde más gente pierde dinero: el plazo habitual para impugnar un despido es de 20 días hábiles. Si se pasa, puedes quedarte sin opciones.
No apures el plazo
Aprende a contarlo correctamente y evita errores típicos.
6) Qué hacer si te despiden (paso a paso)
- Guarda la carta (foto/escaneo) y anota fecha de entrega y fecha de efectos.
- No firmes renuncias ni acuerdos sin entenderlos (sobre todo si implican “saldo y finiquito” con renuncia).
- Reúne documentación (nóminas, contrato, vida laboral, comunicaciones).
- Calcula una estimación y revisa la estrategia (improcedente/nulo/objetivo).
- Actúa dentro de plazo: papeleta/conciliación y, si procede, demanda.
7) Documentación recomendada para revisar tu despido
- Carta de despido o comunicación (email/WhatsApp si existiera).
- Últimas nóminas (para salario regulador).
- Contrato y anexos (si existen).
- Vida laboral (antigüedad real).
- Propuesta de finiquito o documento de “acuerdo” si te lo han ofrecido.
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Si nos envías la carta y las últimas nóminas, te orientamos sobre viabilidad y siguientes pasos. Honorarios a éxito.
8) Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si mi despido es improcedente?
Suele depender de si la empresa prueba la causa y de si la comunicación cumple requisitos. La carta y los hechos reales son determinantes.
¿Qué diferencia hay entre improcedente y nulo?
El nulo suele vincularse a vulneración de derechos fundamentales o supuestos protegidos; sus efectos son distintos. Guía: despido nulo.
¿Puedo reclamar si ya me pagaron algo?
Depende del documento firmado y de la situación. En muchos casos conviene revisar si el cálculo es correcto y si hubo renuncias perjudiciales.